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Instan al Ejecutivo a efectivizar reglamentación de la Ley de Recursos Hídricos


Jueves 30 de Agosto de 2018
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La Senadora Zulma Gómez, Presidenta de la Comisión Nacional de Defensa de los Recursos Naturales (CONADERNA), acompañada de otros colegas legisladores, impulsa la aprobación del Proyecto de Declaración “Que insta al Poder Ejecutivo – Presidencia de la República- a aprobar la reglamentación de la Ley de Recursos Hídricos 3.239/07 y firmar el Decreto correspondiente”, a ser tratado hoy en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores.

La Ley 3.239/07 tiene por objeto regular la gestión sustentable e integral de todas las aguas y los territorios que la producen, cualquiera sea su ubicación, estado físico o su ocurrencia natural dentro del territorio paraguayo, con el fin de hacerla social, económica y ambientalmente sustentable para las personas que habitan el territorio de la República del Paraguay.

El Poder Ejecutivo debía reglamentarla en el plazo máximo de doce meses a partir de su puesta en vigencia, lo cual no se ha concretado a pesar de haber transcurrido 11 años desde entonces.

“La gestión de los recursos hídricos debe darse en el marco del desarrollo sustentable, teniendo el Estado paraguayo la función intransferible e indelegable de la propiedad y guarda de los recursos hídricos nacionales”, argumenta la senadora Zulma Gómez.

Si bien en 2014 la entonces Secretaría del Ambiente (hoy Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible) tras un amplio proceso participativo elaboró y elevó a la Presidencia de la República un proyecto de Decreto reglamentario, el mismo no fue firmado aún.

Al efecto, la Cámara de Senadores aprobó dos Proyectos de Declaración, instando a la reglamentación, en los años 2014 y 2015.

Lo mismo se dio en Diputados, que aprobó sendos documentos similares en 2016 y 2017, sin resultados a la fecha.

A esta situación se suma la entrada en vigencia de la Ley 6.123/08 “Que eleva el rango de la Secretaría del Ambiente y pasa a denominarse Ministerio del Ambiente y Desarrollo Social”, al tiempo que la designa como autoridad de aplicación y se le encarga aplicar todas las disposiciones establecidas en la Ley 3.239/07 de Recursos Hídricos, lo que se dificulta precisamente por la falta de reglamentación.

Otra implicancia es la Ley de Recursos Hídricos también dispone que el Plan Nacional de los Recursos Hídricos, el Inventario Nacional del Agua y el Balance Hídrico Nacional deberá realizarse en un plazo no mayor a los cinco años de la entrada en vigencia de la ley.

La determinación del caudal ambiental de todos los cursos hídricos del país, así como la delimitación de las zonas de recarga de los acuíferos por la citada ley establece que deberá ser llevada a cabo en un plazo no mayor a los tres años de la entrada en vigencia.

“El proyecto de Decreto ya fue remitido al Poder Ejecutivo y se encuentra actualmente en manos del Presidente de la República para su firma, a quien solicitamos por medio de esta declaración haga lugar al pedido de muchos sectores para regularizar el régimen de las aguas en nuestro país”, menciona la Senadora Gómez.

El documento figura en el punto 13 del orden del día. Acompañan con su firma los Senadores Fernando Silva Facetti, Juan Afara (Vicepresidente de la CONADERNA), Gilberto Apuril, Sixto Pereira y Amado Florentín.

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